¿Te despidieron sin justa causa?
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Tus datos laborales
Término indefinidoPrimer día que trabajaste en la empresa
Último día trabajado o fecha del despido
Salario mensual antes de descuentos. No incluir auxilio de transporte.
Regulación vigente y metodología
Todo lo que necesitas saber sobre la norma que protege a los trabajadores colombianos ante un despido sin justa causa.
Artículo 64. Terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa. En todo contrato de trabajo va envuelta la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable.
Si el empleador da por terminado el contrato sin justa causa, deberá al trabajador una indemnización, además del pago de lo que corresponda de prestaciones sociales y salarios:
| Tipo de contrato | Condición salarial | Primer año | Años adicionales |
|---|---|---|---|
| Término indefinido | Salario < 10 SMMLV | 30 días | 20 días / año |
| Salario ≥ 10 SMMLV | 20 días | 15 días / año | |
| Término fijo | Salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo | ||
| Obra o labor | Salarios faltantes + mínimo 15 días de salario | ||
Fuente: Artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, modificado por el Artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
El salario mínimo para 2026 fue fijado en $1.750.905 COP mediante el Decreto 1469 de 2025. Aunque el decreto fue suspendido provisionalmente a inicio de 2026, el Consejo de Estado revocó esa suspensión en julio de 2026, por lo que rige con plena vigencia.
El umbral de 10 SMMLV (actualmente $17.509.050 COP) determina qué tabla de indemnización aplica. Trabajadores que ganan por encima de ese umbral tienen un factor menor porque, según el legislador, tienen mayor capacidad de renegociación en el mercado laboral.
La calculadora aplica la siguiente fórmula, paso a paso:
Tiempo total laborado
Se calcula la diferencia en días calendarios entre la fecha de ingreso y la fecha de retiro.
Días totales = Fecha retiro − Fecha ingresoSalario diario
Se divide el salario bruto mensual entre 30 (mes comercial de 30 días, según el CST).
Salario diario = Salario mensual ÷ 30Determinación de la tabla
Si el salario < 10 SMMLV: 30 días año 1 + 20 días/año adicional. Si ≥ 10 SMMLV: 20 días año 1 + 15 días/año adicional.
Umbral = 10 × $1.750.905 = $17.509.050 COPDías de indemnización — Primer año
Si trabajó menos de un año, los 30 (o 20) días se aplican de forma proporcional.
Días ind. año 1 = (días laborados / 365) × factor (si < 1 año)Días de indemnización — Años adicionales
Por cada día adicional al primer año, se aplica la fracción correspondiente del factor anual.
Días ind. adicionales = (días adicionales / 365) × factor adicionalIndemnización total
Se suman los días de indemnización y se multiplican por el salario diario.
Indemnización = (días año 1 + días adicionales) × salario diarioLa indemnización por despido sin justa causa es adicional a la liquidación de prestaciones sociales, que el empleador debe pagar siempre al terminar cualquier contrato, independientemente de si hay o no justa causa.
Cesantías
1 mes de salario por año trabajado. Siempre se debe pagar.
Intereses sobre cesantías
12% anual sobre el saldo de cesantías. Siempre se debe pagar.
Prima de servicios
15 días de salario por semestre. Siempre se debe pagar.
Vacaciones
15 días hábiles por año de trabajo. Siempre se debe pagar.
La Corte Suprema de Justicia (Sala de Casación Laboral) ha establecido criterios adicionales que pueden afectar el cálculo en casos especiales:
Salario variable
El cálculo debe basarse en el promedio de lo efectivamente devengado en el último año de servicios, no en el salario base.
Exclusión de periodos suspendidos
Los tiempos en que el contrato estuvo suspendido (incapacidad, licencia no remunerada) no se incluyen en el cálculo.
Proporcionalidad
Se debe aplicar regla de proporcionalidad entre los valores devengados y el tiempo efectivamente prestado, evitando promedios simples.
Para estos casos especiales, esta calculadora puede no reflejar el monto exacto. Se recomienda consultar con un abogado laboralista.